Adaptación de jornada por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral

Juristas Europeos ha conseguido la adaptación de jornada de trabajo para que varias trabajadoras puedan hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.

En función del caso, la trabajadora solicitante tenía un hijo o varios hijos menores de doce años y en algún caso el menor además tenía necesidades especiales.

En la mayoría de los casos se trataba de trabajadoras que prestaban servicios en turnos rotativos de mañana y tarde o mañana tarde y noche, lo que dificulta considerablemente la conciliación del trabajo con la vida familiar.

El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores establece claramente que dichas solicitudes deben ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la trabajadora y las necesidades organizativas o productivas de la empresa por lo que se debe abrir un proceso de negociación en el que se expongan las necesidades ambas partes, pero sin olvidar que se trata de un derecho de los trabajadores.

Es importante tener en cuenta que la persona trabajadora tendrá derecho a regresar a la situación anterior a la adaptación una vez concluido el período acordado o previsto o cuando decaigan las causas que motivaron la solicitud.

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Abogados en pozuelo · JuristasEuropeos
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