Novedades ley de Segunda oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad no deja de ser una herramienta a la que pueden recurrir las personas que no pueden pagar las deudas contraídas.

El punto de partida es el Principio de responsabilidad patrimonial universal regulado en el Código Civil y que establece que, cuando alguien asume una deuda, está obligado a responder ante ella con la totalidad de su patrimonio presente y futuro.

En este post abordaremos los cambios normativos surgidos en relación a la Ley de Segunda Oportunidad de la que ya hablábamos en nuestro post publicado el 14 de octubre de 2021.

Ver más en: https://abogadosenpozuelo.es/ley-de-segunda-oportunidad/

Reforma 2022

Esta ley regulada inicialmente en la “Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social” se ha visto parcialmente reformada por la “Ley 16/2022, de 5 de septiembre para la trasposición a nuestro derecho de la Directiva 2019/1023, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019” que incluía una importante reforma del procedimiento concursal.

La nueva regulación de la ley de segunda oportunidad entró en vigor el 26 de septiembre de 2022 junto con el grueso de la reforma concursal.

¿Quiénes pueden acogerse a ley de la 2ª oportunidad?

Podrán acogerse a esta ley las personas físicas (empresarios o profesionales) y los consumidores (no las empresas).

¿Qué requisitos tiene está ley después de la reforma?

  • Seguirá siendo exigible el requisito de la buena fe (Ej. No haber cometido determinados delitos de tipo económico o social durante los 10 años anteriores a la solicitud)
  • NOVEDAD. Ya no es obligatorio proceder al pago de determinados créditos o acreditar que se ha hecho todo lo posible para lograrlo para poder acogerse a ella. De esta manera se evita que el deudor tenga que perder el tiempo o asumir los gastos de un intento de acuerdo extrajudicial de pagos que termine siendo infructuoso.

¿Cuántas modalidades de exoneración de la deuda o deudas existen?

Existen dos tipos de exoneración:

  • La exoneración con sujeción a un plan de pagos sin previa liquidación de la masa activa de la deuda
  • La exoneración con sujeción a un plan de pagos con liquidación de la masa activa

NOVEDAD. Es posible acogerse a esta ley para poder solicitar la exoneración de todas las deudas con algunas excepciones. Por ejemplo, aquellas deudas por créditos de derecho público que se tenga con organismos como la Agencia Tributaria (AEAT) o la Tesorería General de la Seguridad Social no son 100% exonerarles.

¿Es posible solicitar varias exoneraciones?

No es posible acogerse a esta ley para volver a pedir la exoneración de una o varias deudas hasta que no hayan transcurrido un plazo de dos o cinco años según el caso.

¿Qué sucede si el deudor está casado en régimen de gananciales?

NOVEDAD. La exoneración de las deudas conyugales sólo beneficiará al cónyuge que la haya solicitado, es decir, el cónyuge del deudor no podrá beneficiarse de ella salvo que él mismo haya obtenido la exoneración.

Reforma 2025

La reforma de la Ley de Segunda Oportunidad en 2025 busca seguir armonizando nuestra legislación con la normativa europea, en base a la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas,

Principales cambios:

  • Mayor acceso a la exoneración de deudas eliminando trámites administrativos innecesarios
  • Reducción de plazos para la obtención de la exoneración definitiva
  • Flexibilización de los requisitos para la exoneración de deudas con organismos públicos

Si buscas asesoramiento en este tema para saber qué posibilidades tienes y qué es lo que más te puede beneficiar, puedes solicitar una consulta personalizada en Juristas Europeos BF&A, despacho de abogados en Pozuelo de Alarcón, y resolveremos todas tus dudas

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