Nuevos derechos para las empleadas del hogar

El Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula “la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar” publicado en el BOE el 11 de septiembre de 2024 y en vigor desde el 12 de septiembre de 2024, pretende regular una serie de derechos laborales para los empleados de servicio doméstico , o en su mayoría empleadas del hogar.

Esta normativa responde a la necesidad de equiparar los derechos laborales de este colectivo a los del resto de los trabajadores poniendo en valor la labor y necesidad de los empleados de hogar en la sociedad actual. A continuación, se desglosan los principales puntos de este Real Decreto:

Contexto económico y social del Real Decreto 893/2024

El trabajo de las empleadas de hogar ha sido históricamente infravalorado desde un punto de vista social y económico, lo que ha generado una gran desigualdad. Según estudios estadísticos recientes muchos de estos trabajadores no se encontraban dados de alta en la Seguridad Social por lo que no estaban cotizando para disfrutar de prestaciones tan importantes como la jubilación, no podían acceder a la prestación en caso de accidente o enfermedad o baja por nacimiento, no percibían el Salario Mínimo Interprofesional o no habían sido despedidos conforme a la legalidad vigente.

El Real Decreto 893/2024 tiene como objetivo corregir estas desigualdades para de alguna manera dignificar el trabajo doméstico.

Esta normativa se enmarca en las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Convenio 189, que abogan por la protección de los derechos laborales de las empleadas del hogar.

Principales Derechos Reconocidos

El Real Decreto introduce una serie de derechos que antes no estaban garantizados para estos colectivos:

a) Acceso al Desempleo

Uno de los avances más significativos es el reconocimiento del derecho a la prestación por desempleo. Anteriormente, las trabajadoras del hogar estaban excluidas de esta protección social, lo que las dejaba en una situación de vulnerabilidad en caso de perder su empleo. Con la nueva normativa, las empleadas del hogar y de ayuda a domicilio tendrán acceso a las mismas prestaciones de desempleo que cualquier otro trabajador.

b) Protección frente al Despido

Ya en el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, se suprimía la posibilidad de extinguir el contrato por desistimiento del empleador sin alegar causa alguna, debiendo a partir de ese momento, extinguirse por los motivos regulados en el art. 49.1 del Estatuto de los Trabajadores (aplicables a todos los trabajadores por cuenta ajena en general) y además, por los siguientes:

– Por disminución sobrevenida de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos.

– Por modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar tales como que ya no haya una persona que necesite ese tipo de atención y cuidado.

– Que haya una pérdida de confianza por parte del empleador hacia la empleada debido a su comportamiento.

Pues bien, el presente Real Decreto refuerza las garantías contra el despido injustificado exigiendo que los despidos deban ser justificados con causas objetivas, y en caso contrario, las trabajadoras tendrán derecho a una indemnización acorde con el régimen general de los trabajadores.

c) Equiparación de Derechos en materia de Seguridad Social

Otra de las novedades importantes es la equiparación en términos de contribuciones a la Seguridad Social. Hasta la entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, existían diferencias en las contribuciones que realizaban los empleadores y las trabajadoras del hogar en comparación con el resto de los sectores. Con esta nueva normativa, las trabajadoras del hogar estarán completamente integradas en el régimen general de la Seguridad Social, lo que se traduce en mejores condiciones de jubilación, incapacidad temporal o permanente y baja por maternidad o paternidad.

d) Formación y Profesionalización del Sector

El Real Decreto incluye, además, medidas para fomentar la formación y la profesionalización del sector del trabajo doméstico y de ayuda a domicilio. Se crearán programas específicos de formación para estas trabajadoras con el objetivo de mejorar sus competencias y habilidades.

Condiciones de Trabajo Seguras

La normativa pone un fuerte énfasis en la mejora de las condiciones de trabajo. A partir de ahora, los empleadores estarán obligados a garantizar un entorno de trabajo seguro, tanto en términos de salud física como de bienestar emocional. Se establecen medidas para prevenir riesgos laborales, con especial atención a los riesgos ergonómicos, que son comunes en este sector debido a la naturaleza de las tareas, tales como el levantamiento de personas mayores o dependientes.

a) Limite de horas laborales y descanso

Otro punto clave es la regulación de las horas de trabajo. Las trabajadoras del hogar tendrán un límite máximo de horas laborales, en línea con la legislación general. Además, el Real Decreto refuerza el derecho al descanso semanal, garantizando un mínimo de 36 horas consecutivas de descanso, así como vacaciones pagadas de 30 días al año.

b) Derecho a la intimidad y privacidad

El Real Decreto también reconoce el derecho a la intimidad y privacidad de las empleadas del hogar. Dado que muchas de estas trabajadoras viven en el mismo domicilio en el que prestan sus servicios, comúnmente conocidas como “internas”, la normativa establece que el empleador debe dejar un espacio para la vida privada de la empleada prohibiendo, por ejemplo, el uso de cámaras de vigilancia en las zonas privadas del hogar donde reside la trabajadora.

Facilidades Administrativas

El Real Decreto introduce medidas que facilitan la formalización de los contratos laborales, simplificando los trámites y reduciendo la carga administrativa para los empleadores.

Contratos escritos

En el antiguo Real Decreto-ley 16/2022, se recomendaba que el contrato se formalizara por escrito ya que, a falta de forma escrita y salvo prueba en contrario se presumirá concertado a jornada completa y por tiempo indefinido.

En este Real Decreto se establece la obligatoriedad de formalizar un contrato escrito desde el primer día de trabajo. Este contrato deberá especificar claramente las condiciones laborales, tales como el horario de trabajo, las tareas a realizar, el salario, los días de descanso, entre otros aspectos. Además, la normativa aclara que, en caso de no existir contrato escrito, se presumirá la existencia de una relación laboral a jornada completa.

Impacto en el Sector de Ayuda a Domicilio

El Real Decreto tiene un impacto significativo en el sector de la ayuda a domicilio que ha experimentado un importante crecimiento en los últimos años. Esto es debido principalmente al envejecimiento de la población. La nueva normativa extiende los derechos laborales de las trabajadoras del hogar a aquellas que prestan servicios de ayuda a domicilio. Además, se establecen medidas para mejorar las condiciones laborales de este colectivo específico tales como la regulación del tiempo de desplazamiento entre distintos domicilios de los usuarios, considerándose como tiempo de trabajo efectivo.

Conclusión

La implementación de estas medidas no solo mejorará las condiciones laborales de miles de personas, la mayoría mujeres como decíamos anteriormente, sino que también fortalecerá el reconocimiento y la profesionalización de un sector vital para el bienestar de muchas familias y personas dependientes.

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