Hay 5 palabras en el vocabulario jurídico que deberías conocer, ya que, aunque no seas abogado, tarde o temprano te vas a topar con ellas.
Estas 5 palabras te las puedes encontrar en un contrato de trabajo, en un contrato de alquiler, cuando recibes una multa de tráfico o (esperemos que no) te ponen una demanda.
Conocer mínimamente el vocabulario jurídico puede ayudarte a entender mejor determinados escritos o documentos y evitar malentendidos (¡y algún que otro susto!). Por eso, aquí te explicamos el significado de 5 palabras que puedes encontrar en el vocabulario jurídico de forma sencilla:
1. Demandado y demandante
El demandando es la persona física o jurídica contra la que se presenta una demanda.
El demandante es la persona física o jurídica que presenta la demanda.
El demandado es el sujeto al que otra persona o entidad (demandante), acusa ante un juez de haber hecho o no determinada cosa o de haber entregado o no determinada otra y para ello el demandante acude a un Juez presentando su demanda a la espera de que resuelva la contienda a través de un proceso judicial que termina con una resolución que dará la razón a uno o a otro.
Ser demandando en un proceso no implica necesariamente que hayas hecho algo mal sino que alguien ha presentado una demanda contra ti. En muchas ocasiones el juez da la razón al demandado porque considera que el demandante no tiene razón o la demanda carece de argumentos de peso.
2.Recurso
Siguiendo con el punto anterior, cuando se presenta una demanda y hay una contienda judicial, es posible que la parte a la que no se le ha dado la razón no esté de acuerdo con la decisión y decida recurrir (no todas las resoluciones son recurribles, pero no vamos a entrar en ese jardín).
Recurrir significa pedir a ese mismo juez o a otro de una instancia superior que revise la decisión que ha tomado el primero y que, en consecuencia, confirme o revoque la misma.
3. Contrato
Un contrato es un «pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas» según la RAE. Cuando dice que a su cumplimiento las partes pueden ser “compelidas” significa que ese contrato nos vincula a ambas y que si una no cumple la otra puede exigir su cumplimiento ante un Juez si hiciera falta. El contrato puede tener una forma verbal o escrita, pero para que vincule de alguna manera ambas partes debe hacerse por escrito.
4. Cláusula abusiva
Siguiendo con el punto anterior, los contratos además de indicar las partes que lo suscriben, incluyen acuerdos en una serie de cláusulas. Una cláusula se considera abusiva o “leonina” cuando establece una condición abusiva que perjudica seriamente los intereses de una de las partes frente a la otra y en contra de la buena fe que debe tener todo contrato. Aunque el contrato esté firmado, si hay una cláusula abusiva este podría ser impugnado, es decir, que una de las partes podría acudir a un juez y demandar a la otra parte por el establecimiento de dicha cláusula.
No dudes en contactar con nosotros. Estamos aquí para acompañarte en cada paso del proceso.
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