El 30 de septiembre entró en vigor el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se ha fijado el salario mínimo interprofesional (en adelante SMI) para el año 2021. Este se sitúa actualmente en 965 euros brutos mensuales abonados en 14 pagas, es decir, 13.510 euros brutos anuales.
Esta sería la tercera subida consecutiva del SMI que pasó de 735,90 euros mensuales en el año 2018, a 900 euros mensuales en 2019, y a 950 euros mensuales en 2020.
¿Qué es el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)?
El salario mínimo interprofesional, que se encuentra regulado en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, es la retribución legal mínima fijada por el Gobierno que debe pagar un empleador a sus trabajadores.
Cuando se dice que el SMI en 2021 asciende a 965 euros brutos mensuales, significa que ese es el salario mínimo que debe percibir un trabajador a jornada completa, es decir, a 40 horas semanales (artículo 34.1 del ET) y en caso de que las pagas extras estén prorrateadas, dicha cantidad ascenderá a 1.125,83 euros brutos mensuales. Si se trata de trabajadores a tiempo parcial o con reducción de jornada, la retribución mínima será proporcional al tiempo trabajado.
Al hablar de una cantidad bruta, debemos tener en cuenta que a esa cantidad habrá que descontarle el importe de las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones de IRPF.
El SMI se creó por decreto en 1963 y es objeto de revisiones anuales en función de la evolución del IPC (índice de precios al consumo), la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica del momento.
¿A quién afecta la subida del SMI?
La subida del SMI afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena y debe aplicarse con efecto retroactivo desde el 1 de septiembre del 2021, tal y como establece la Disposición final tercera del citado Real Decreto y surtirá efectos, como mínimo, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2021.
Además, el gobierno se ha comprometido a dos subidas más del SMI, una en 2022 y otra en 2023. El objetivo es finalizar 2023 con un SMI que equivalga al 60% del salario medio, lo que supone un importe de 1.049 euros brutos mensuales abonados en 14 pagas aproximadamente.
La patronal considera que debería posponerse esta la subida hasta el año 2022, ya que todavía no se ha consolidado la recuperación económica cuya crisis tuvo origen en la pandemia del Coronavirus. Además, alega que tras la subida en un 22% del 2018 al 219, esta subida no está justificada.
¿Cómo afecta el salario mínimo a las cotizaciones a la seguridad social?
La base mínima de cotización de la Seguridad Social no se ha visto afectada por la subida del SMI de 2020, manteniéndose en los 1050€ de base. Sin embargo, esto se debió a la situación excepcional de la pandemia. La base mínima se actualiza en base al SMI por lo que este año debería aumentar hasta los 1.125,6€ (un 7,2%).
¿Cómo afecta la subida del SMI a las ayudas?
La subida del salario mínimo afectará directamente al subsidio por desempleo. Este subsidio exige como requisito no percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, por tanto, el aumento del SMI implica que la barrera pasará de los 712,5€ a los 723,75€ brutos mensuales.
Por otro lado, el real decreto publicado en el BOE establece que no será referencia para prestaciones y ayudas autonómicas de Ceuta y Melilla, ni locales, a menos que estas administraciones acordaran lo contrario. Para estos casos, en caso de no acordar su modificación, se mantendría la referencia del SMI en 950 euros brutos al mes.
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