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¿Tienes problemas para entender tu nómina?

Sabemos que en ocasiones no es fácil entender los conceptos que aparecen en la nómina y por ese motivo Juristas Europeos BF&A ha preparado un post que lo aclara.

Para entender correctamente la nómina, es fundamental conocer su estructura y contenido.

La nómina se estructura en varias partes. La parte superior se destina a identificar a la empresa y al trabajador añadiendo sus datos de antigüedad, categoría profesional y grupo de cotización e indicando el periodo de liquidación a la que esta se refiere.  Dicho periodo se refiere al mes en cuestión y al número de días trabajados ese mes.

Los devengos son las retribuciones o pagos que recibe el trabajador y se divide entre percepciones salariales, que remuneran un trabajo efectivo (salario base, parte proporcional de pagas extras si las tiene prorrateadas, horas extras si las ha realizado, los diferentes complementos salariales o pluses, bonus, premios etc.) y percepciones extrasalariales, destinados a compensar al trabajador por diferentes motivos (gastos generados por uniforme, transporte, indemnización por despido o fin contrato, etc. si los hubiera)

El salario bruto es la suma de todos los devengos o retribuciones y la base de cotización es la suma de todos los devengos más la parte proporcional de las pagas extras. En caso de tener las pagas extras prorrateadas, el salario bruto mensual y la base de cotización será la misma. La base de cotización se utiliza para calcular las prestaciones de la Seguridad Social a las que el trabajador tiene derecho (prestación por incapacidad temporal, prestación por desempleo, pensión de jubilación, etc.)

Las deducciones y retenciones se aplican al salario bruto en función de lo que se deba ingresar por ley a la Seguridad Social o a Hacienda. En el caso de las retenciones, estas dependerán de los ingresos del trabajador, tipo de contrato, su situación familiar, etc. La Empresa nunca puede retener menos de lo establecido por ley, pero sí más si el trabajador así lo desea.

Es importante subrayar que la empresa tiene la obligación de confeccionar una nómina o recibo de salarios de fácil comprensión para el trabajador. De hecho, esto ha sido ratificado por el Tribunal Supremo mediante STS 31/2019 de 19 de enero de 2019 donde dice que la empresa debe establecer modelos de recibos de salarios donde consten de forma clara y específica todas la percepciones salariales y no salariales de los trabajadores, los días trabajados, los días en que han cursado una baja por IT, el complemento de mejora de IT si lo hay, etc. de tal forma que no se obligue al trabajador a realizar complejas operaciones matemáticas para comprobar que le están pagando lo correcto.

El artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores por su parte establece que el recibo de salarios se ajustará al modelo aprobado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social salvo que, por Convenio o acuerdo, se establezca otro que aporte más información al trabajador.

El principio de transparencia y buena fe debe actuar en la relación laboral desde la redacción del contrato y demás documentos que deriven del mismo, lo que incluye la confección de las nóminas.

Si buscas asesoramiento en este u otros temas, puedes solicitar una consulta personalizada en Juristas Europeos BF&A, despacho de abogados en Pozuelo de Alarcón, y resolveremos todas tus dudas.

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