Constituir una empresa en España es un proceso emocionante a la par que desafiante y que requiere una buena planificación, asesoramiento y el cumplimiento de una serie de requisitos legales. Desde la concepción de una idea hasta la apertura oficial de un negocio, cada paso es crucial para establecer una base sólida que garantice el éxito a largo plazo.
En este post vamos a explorar de manera detallada el proceso de constitución de una empresa en España desde la elección del tipo de sociedad hasta que la idea originaria ve la luz.
1. Elección del Tipo de Sociedad
El primer paso en la constitución de cualquier empresa en es decidir el tipo de sociedad que mejor se adapte a las necesidades de sus creadores y a los objetivos del negocio. Las principales opciones son las siguientes:
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.): Es una de las formas más comunes de empresa en España. Ofrece responsabilidad limitada para los socios y un capital social mínimo requerido para su constitución de 3.000 euros que se dividide en participaciones sociales.
- Sociedad Anónima (S.A.): Esta forma de empresa es más adecuada para empresas y negocios de mayores dimensiones ya que requiere un capital social mínimo es de 60.000 euros del que será necesario desembolsar el 25% de la suma total. El capital social se divide en acciones y la responsabilidad de los socios o accionistas se limita al pago de sus acciones.
- Empresario Individual (autónomo): Esta opción es una de las más recurrentes en España. Es la más adecuada para aquellos que desean iniciar un negocio pequeño por cuenta propia donde el empresario debe asumir la personalmente la responsabilidad de todas las deudas y obligaciones. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en España alrededor del 16% de la población activa trabaja por cuenta propia.
2. Nombre de la empresa
No debemos confundir el nombre comercial con la denominación de la sociedad. El nombre comercial es el que queremos que conozcan nuestros clientes por lo que nos interesa que sea atractivo y nos identifique de alguna manera de cara al público mientras que la razón o denominación social se utiliza únicamente en los documentos legales.
La denominación social se obtiene al registrar la empresa en el Registro Mercantil y con ella cualquier empresa podrá arrancar su actividad. Normalmente la denominación o razón social hace referencia a la actividad a la que se dedica la empresa.
El nombre comercial debe registrarse en la Oficina Española de patentes y marcas lo antes posible para fijar los derechos exclusivos sobre el mismo.
3. Elaboración de los Estatutos Sociales
Los estatutos sociales son el documento que establece las normas internas de funcionamiento de la empresa, incluyendo la estructura de la sociedad, la forma de administrase, el reparto de las participaciones sociales o de las acciones según el tipo de sociedad, los derechos, obligaciones y responsabilidades de los socios así como los procedimientos para la toma de decisiones. Es importante redactar los estatutos sociales con cuidado y claridad para evitar conflictos futuros entre los socios y garantizar una una buena gestión de la empresa.
4. Constitución ante Notario
Una vez redactados los estatutos sociales, es necesario formalizar la constitución de la empresa ante notario. En este paso los socios comparecen ante un notario que verifica la identidad de los socios y da fe pública de los documentos presentados antes de firmar las escrituras de constitución.
5. Obtención del Número de Identificación Fiscal (NIF)
Otro de los pasos importantes es solicitar un Número de Identificación Fiscal (NIF) a la Agencia Tributaria para cumplir con las obligaciones en materia tributaria que nacerán a partir del momento de la constitución de la empresa. Además, al igual que pasa con el DNI y las personas físicas, el NIF es obligatorio para identificar a las empresas también llamadas personas jurídicas.
6. Inscripción en el Registro Mercantil
Una vez obtenido el NIF, es necesario inscribir la empresa en el Registro Mercantil correspondiente al lugar donde tenga su domicilio social. La inscripción en el Registro Mercantil es un requisito legal que garantiza la publicidad y la seguridad jurídica de la empresa, así como su capacidad para realizar actividades comerciales. Para su inscripción en el registro se deberán presentar las escrituras de constitución entre otros documentos.
7. Alta en la Seguridad Social y en el Régimen de Autónomos
Si la empresa va a tener empleados es necesario solicitar un Código de Cuenta de Cotización en la Tesorería General de la Seguridad Social para garantizar su cobertura en materia de seguridad social y prestaciones laborales.
Si el empresario es autónomo, deberá darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para cumplir con las obligaciones pertinentes en materia de Seguridad Social.
8. Licencias y Permisos
Dependiendo del tipo de actividad económica que realice la empresa, es posible que se requieran licencias, autorizaciones o permisos adicionales de los organismos competentes. Es importante asesorarse bien en materia administrativa de cara a obtener todas las licencias necesarias antes de comenzar la actividad comercial para evitar problemas legales en el futuro.
Es decir…
La constitución de una empresa en España es un proceso que requiere tiempo, recursos y un buen asesoramiento. En Juristas Europeos BF&A os animamos a iniciar este viaje empresarial con confianza y seguridad sabiendo que cada paso es importante.
Si buscas asesoramiento en este tema para saber qué posibilidades tienes y qué es lo que más te puede beneficiar, puedes solicitar una consulta personalizada en Juristas Europeos BF&A, despacho de abogados en Pozuelo de Alarcón, y resolveremos todas tus dudas