El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes, 27 de febrero de 2024, el proyecto de la nueva Ley de Familias a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 20230. El texto es casi idéntico al presentado por este ministerio cuando estaba dirigido por Ione Belarra y del que ya hablamos en el post: https://abogadosenpozuelo.es/ley-de-familias/
El anterior texto no llegó a ver la luz debido a la convocatoria de elecciones en España que tuvo lugar el 23 de julio de 2023.
La Ley de Familias aún no está en vigor pero ha pasado el primer trámite tras haber sido aprobada como Proyecto de Ley por el Consejo de Ministros. Todavía tiene que pasar por el Congreso de los diputados donde puede sufrir alguna modificación a propuesta de los diferentes grupos parlamentarios hasta su aprobación definitiva.
Los principales cambios que pretende introducir esta ley son los siguientes:
1. La Ley contempla la desaparición del Título de Familia Numerosa y la creación de uno nuevo de “Familias con Mayores Necesidades de Apoyo a la Crianza “
2. En este nuevo título se incluirán familias con diversas circunstancias equiparando a algunas de ellas con las familias numerosas:
– El colectivo más protegido con diferencia en esta ley es el de las familias monoparentales que tendrán un «título propio». Este colectivo accederá de manera preferente a distintos servicios públicos, becas y ayudas, viviendas sociales, tendrán prioridad en la elección de colegios y derecho a 16 semanas de educación infantil gratuita dentro de los primeros 24 meses de vida del menor. Es importante saber que se considerarán monoparentales:
· Las familias que tengan un solo progenitor (a partir de los dos hijos serán consideradas “familias numerosas”)
· Aquellas en las que el principal progenitor haya sido víctima de violencia de género
· Aquellas en las que uno de los dos padres haya obtenido la guardia y custodia en exclusividad sin recibir pensión alimenticia
· Aquellas en las que tengan dos hijos y en las que un progenitor esté en prisión o en tratamiento hospitalario durante 1 año.
3. Las parejas de hecho que estén registradas se equiparán en derechos y beneficios a los matrimonios en cuanto a pensiones, prestaciones, derechos laborales y permisos.
El objetivo de esta ley es ampliar el espectro de situaciones familiares con el objetivo de brindarles una mayor protección, algo que en sí mismo es positivo, pero lo hace diluyendo el concepto tradicional de familia, sin reconocer sus verdaderas necesidades y su valor en la sociedad. No obstante no todo es negativo…
4. Las familias numerosas de 4 hijos pasan de categoría general a categoría especial, así como las de 3 hijos de parto o adopción múltiple o las de 3 hijos cuyos ingresos no superen e l 150% del IPREM per cápita.
5. Se rebaja el grado de discapacidad necesario para que la familia tuviera la categoría de “familia numerosa” de los padres en caso de familias con 2 hijos, que con la nueva ley será igual superior al 33% frente al 65% que existía antes.
6. En los casos de custodia compartida (en situaciones de divorcio o separación), cuando ambos padres se ocupen de sus hijos, la condición de familia numerosa la mantendrán los dos progenitores y no sólo uno como ocurría hasta ahora.
La polémica está servida
La misma polémica que rodeó a la antigua ley vuelve a rodear este nuevo texto ya que el proyecto elimina el concepto de ‘familias numerosas’ para referirse a ellas como ‘familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza’.
El Ministerio se ha nombrado receptivo a mantener el nombre siempre que con ello se logre un mayor consenso al considerar que se tata de un problema de “etiqueta”.
No obstante, la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) y varias asociaciones de familias numerosas han criticado duramente este cambio ya que no se trata de un simple cambio en la denominación si no que se trata de un cambio más profundo. El proyecto de ley además de diluir el concepto de “familia” como decíamos anteriormente, pretende equipararlo jurídicamente a otros tipos de familias como las monoparentales (en todas sus formas) o las familias LGTBI, con características y necesidades totalmente distintas.
La familia numerosa no solo es un ente con necesidades económicas, sino que es una firme y muchas veces dura apuesta a favor de la natalidad y de la vida. Parafraseando la nueva campaña de la asociación de familias numerosas madrileñas terminaremos
diciendo “Salva el planeta: ten más hijos. Un mundo sin contaminación no merece la pena si no personas para disfrutarlo”
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