Pólemica reforma de la ley de seguridad nacional

La reforma de la Ley de Seguridad Nacional que prepara el Gobierno de Pedro Sánchez ha generado una gran polémica ya que se considera lesiva para muchos derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.

La Ley de Seguridad Nacional se aplica en situaciones de crisis como la que hemos vivido recientemente en los peores momentos de la pandemia. No obstante, hay que tener en cuenta que la declaración de un «estado de crisis» que es el que da luz verde que el Gobierno tome las riendas, se hace mediante real decreto, lo que corresponde en exclusiva al Gobierno de turno y no al Congreso, aunque las Cortes deban de ser informadas de forma inmediata.

Según el borrador del anteproyecto de Ley de Seguridad Nacional, el jefe del Ejecutivo en “situación de crisis” puede dictar decretos sin tener que someterse al control del Parlamento además de que puede eludir la rendición de cuentas por parte del Gobierno ante las cámaras, ya que la modificación permite que las actuaciones acometidas no se vean sometidas a la Ley de Transparencia e Información Pública de Buen Gobierno.

Entre las novedades del borrador del anteproyecto de ley se contempla que toda persona mayor de edad estará obligada a la realización de las «prestaciones personales» que exijan las autoridades en caso de que se declare un estado de crisis en nuestro país y será posible requisar temporalmente todo tipo de bienes, hasta la intervención u ocupación provisional de los que sean necesarios pasando por la suspensión de todo tipo de actividades; Y como compensación, quienes sufran perjuicios económicos por la requisa de sus bienes o la interrupción de su actividad tendrán derecho a ser indemnizados.

Pero en la reforma no sólo se señala el deber de los ciudadanos mayores de edad sino también incluye el de las empresas y entidades jurídicas privadas para que colaboren con las autoridades a la superación de la crisis mediante una prestación de carácter personal o material.

Además el texto añade que todos «los documentos y la información manejada por el Sistema de Seguridad Nacional quedan excluidos del derecho de acceso a la información pública» desde el momento en que se declare la situación de crisis y los medios de comunicación están obligados a colaborar con las autoridades competentes en la difusión de informaciones de carácter preventivo u operativo.

De esta manera el Gobierno tendría, pues, vía libre para todo tipo de actuaciones sin tener que pasar por el Congreso ni por el Consejo de Seguridad Nacional y, además, se aseguraría que no tendría obligación alguna de informar sobre los documentos en los que basa sus actuaciones o informes ni tampoco los detalles de cada contrato y actuación.

Además, el Gobierno puede otorgar grandes poderes, al director del Seguridad Nacional que designará el mismo, quien podrá proponer preventivamente la creación de un comité coordinación de las medidas necesarias a adoptar, relegando a las Comunidades Autónomas a un segundo plano.

Lo que sí parece dejar claro el borrador del anteproyecto de ley es que las medidas que se adopten serán graduales y proporcionadas a la situación que haya que afrontar y se limitarán al tiempo estrictamente necesario para superar la situación de crisis.

No obstante, hay muchos preceptos del actual borrador que son incompatibles con un Estado social y democrático de derecho como el nuestro, además de poder lesionar derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos que deben respetarse por encima de todo.

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