El 5 de enero se publicó el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
Esto se traduce en que los trabajadores por cuenta ajena ya no tendrán que entregar el parte médico de baja por incapacidad laboral a su empresa ya que lo hará el Instituto Nacional de la Seguridad Social directamente.